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año:2011
 
institución:MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
 
institución:REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
 

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2011
41
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No.13023 21 de diciembre, 2011 DFOE-AE-0487 Ingeniero Jorge Villalobos Clare Presidente Ejecutivo REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO, S.A. (RECOPE) Estimado señor: Asunto: Autorización de contenido presupuestario a 10 plazas por servicios especiales de (RECOPE) para el periodo 2012. Nos referimos a la nota No. GAF-1233-2011, suscrita por el Gerente de Administración y Finanzas de esa empresa pública, en la que solicita autorización de esta Contraloría General con el fin de prorrogar la contratación de 10 plazas por servicios especiales por cuatro meses a partir de enero de 2012, ello con base en el acuerdo firme No. 9581 tomado por la Autoridad Presupuestaria en la sesión ordinaria No. 13-2011 del 15 de diciembre de 2011. Sobre el particular, se indica que, en atención a las razones expuestas en dicha nota se modifica en lo pertinente lo señalado en el punto No. II, inciso 2) de nuestro oficio No. 10517(DFOE-AE-2011) del 27 de octubre de 2011, con el fin de otorgar el contenido presupuestario por un periodo de cuatro meses a las plazas por servicios especiales a las que se refiere la Autoridad Presupuestaria en la nota STAP-2940-2011 del 19 de diciembre de 2011. Los ajustes que corresponda al presupuesto 2012 producto de la indicación anterior, deberán reflejarlos en el Sistema de Información de Planes y Presupuesto, por lo que el presupuesto en dicho sistema se pondrá a disposición de los usuarios que registran y validan la información, para lo pertinente así como su envío nuevamente al órgano contralor. Atentamente. Licda. Lilliam Marín Guillén, MBA GERENTE DE ÁREA LMG/DCS/MCR/mcmd ci Junta Directiva, RECOPE Departame ...
Fecha publicación: 24/12/2011
Fecha emisión: 21/12/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: OTROS OFICIOS RELACIONADOS CON PRESUPUESTOS INICIALES
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12137 02 de diciembre, 2011 DCA-3176 Ingeniero Johnny Gamboa Chacón Jefe, Departamento de Contratación de Bienes y Servicios REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A. Estimado señor: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato para el suministro de compresores, sucrito por RECOPE con la empresa Inversiones Geo Chem Dos Mil S.A., producto de la licitación pública 2011LN-000003-02. Damos respuesta a su oficio CBS-L-4561-2011 de fecha 2 de noviembre del año en curso, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato para el suministro de compresores, suscrito por esa Refinadora Costarricense de Petróleo con la empresa Inversiones Geo Chem Dos Mil S. A., producto de la licitación pública 2011LN-000003-02. Una vez analizados los documentos aportados, y con fundamento en el acuerdo de adjudicación emitido por la Junta Directiva en la sesión ordinaria No. 4570-123 del 10 de agosto del 2011, esta División procede a devolver el citado contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las siguientes observaciones: 1) Orden de inicio: en la cláusula segunda del contrato se reguló el plazo de entrega de los bienes, sin embargo no se especificó el plazo en el que la Administración debe dar la orden de inicio al contratista. Por lo tanto, se advierte que en este aspecto se deberá aplicar lo dispuesto en el artículo 192 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. 2) Garantía de cumplimiento: en la cláusula cuarta del contrato se regula lo correspondiente a la garantía de cumplimiento que debe rendir el contratista, y entre otras cosas se indica que el contratista entregó una garantía de cumplimiento “…con una vigencia a partir del 14 de octubre del 2011 hasta el día 14 de agosto de 2011 ...
Fecha publicación: 07/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Documento: 12137-2011.pdf
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-608-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del veintiocho de noviembre del dos mil once.----------- Recursos de apelación interpuestos por las empresas Consorcio Grupo PAASDI, Consorcio SOMAGUE, SACYR, TÉCNICAS REUNIDAS, Consorcio ITALCOS TRES, y Consorcio FCC-CYMIMASA-MOIN, contra el acto de adjudicación de la Licitación Pública 2010LN- 000004-02, promovida por la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE), para la ampliación de la Terminal Portuaria Petrolera del Atlántico, recaído a favor del Consorcio ICA- MECO, por un monto de $96.610.093,79 (noventa y seis millones seiscientos diez mil noventa y tres dólares con setenta y nueve centavos).--------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.-Que el Consorcio Grupo PAASDI presentó recurso de apelación en contra del acto citado, fundamentado esencialmente en lo siguiente: 1-Que se les imposibilitó participar en el proceso de mejora de precios previsto cartelariamente, a pesar que presentaron el mejor precio, dado que fueron excluidos por incumplir el punto 3.1.2 b) del cartel, correspondiente al diseño y construcción de obras electromecánicas y de instrumentación y control para el manejo de hidrocarburos. Expresa que acreditaron para ese propósito tres proyectos efectuados para RECOPE que fueron los que se valoraron, y se determinó que incumplían, pero omitieron valorar el proyecto Mariquita-Cali, que estaba aportado con la oferta el cual sí cumple, aspecto para el cual aportan un criterio técnico donde se indica que el proyecto efectivamente cumple con lo solicitado por el cartel. La acreditación de dicho proyecto incluso se subsanó pero no fue aceptada por RECOPE por extemporánea. 2-Que en otro orden indican, que la recomendación técnica ya estaba antes del proceso de mejora de precios, toda vez que esta última se realizó el 21 de julio del 2011 y el i ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Fundamentación del recurso de apelación


R-DCA-606-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del veintiocho de noviembre del dos mil once. ----------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Euromateriales y Equipo de Construcción S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2011LN-000008-02, promovida por la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. para el suministro de grúas, acto recaído a favor de la empresa Inversiones Geo Chem Dos Mil S.A. por un monto total de $1.923.010. --------------------- RESULTANDO I. Euromateriales y Equipo de Construcción S.A. alegó en su recurso de apelación lo siguiente: Legitimación: que la oferta de la adjudicataria es inelegible por incumplir con requerimientos y especificaciones técnicas solicitadas en el pliego cartelario. Que la oferta de su representada cumplió a cabalidad con todo lo solicitado en el cartel, y además cuenta con el segundo mejor precio y calificación, por lo tanto le asiste el derecho de recurrir en esta vía. Fondo: Contra la oferta de la adjudicataria alegó los siguientes vicios: A) La oferta de la adjudicataria no cumple con el requerimiento mínimo correspondiente al ángulo de pluma: indica que en el cartel solicitó que la pluma debía tener un ángulo de elevación desde -9 hasta 80° mínimo, sin embargo, el producto ofertado por la adjudicataria no cumple con los requerimientos mínimos del ángulo de elevación, ya que según consta en la ficha técnica aportada con su oferta el ángulo de elevación de la grúa ofrecida es de 0° a 75°, o sea que se está ante una desviación de 5° en su fase alta y -9° en su fase baja en relación con el requerimiento mínimo exigido en el cartel. B) La oferta de la adjudicataria no cumple con los requerimientos relativos a los estabilizadores: indica que en el cartel y las respectivas aclaraciones se estableció que “En los estabilizadores no se aceptan tolerancias, deben operar en t ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Vigencia de la oferta


DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11825 25 de noviembre, 2011 DCA-3123 Licenciado Rodolfo Peralta Nieto Gerente de Administración y Finanzas Refinadora Costarricense de Petróleo Estimado señor: Asunto: Se autoriza contratar en forma directa a la empresa Paneltech S. A. la compra de 159 estaciones de trabajo, 88 paneles, 3 mobiliarios para cajas, 1 mobiliario para jefatura, 36 estanterías y 72 separadores de estaciones que actualmente se encuentran en alquiler, según contratación directa No. 2010CD-000584-01, por la suma máxima de $128.000.00 Damos respuesta a su oficio No. GAF-1003-2011 de 14 de octubre del año en curso, donde se solicita autorización para contratar en forma directa a la empresa Panetltech S. A., la adquisición de distinto mobiliario de oficina que actualmente se encuentra en arrendamiento. El oficio No. GAF-1003-2011, fue complementado a solicitud de este Despacho, mediante notas No. GAF-1077-2011 y GAF-1124-2011. I.- Justificación de su solicitud: Los supuestos que argumenta Refinadora Costarricense de Petróleo para solicitar la autorización son los siguientes: 1. Que en virtud del traslado de funcionarios de la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), a nuevas instalaciones, se realizó la contratación directa del alquiler de mobiliario con la empresa Paneltech S. A. 2. Que con dicha adjudicación RECOPE se garantizó el traslado de personal de manera inmediata, haciendo uso de la una figura de contratación que así lo permitiera, en el entendido que la prioridad en ese momento era desocupar un edificio cuyo estado era deplorable e inseguro ante un evento sísmico. 3. Que los inmuebles alquilados corresponden a estaciones de trabajo, de características tales que optimizan el espacio y garantizaban la adecuada distribución del personal que se trasladaría, siendo e ...
Fecha publicación: 26/11/2011
Fecha emisión: 23/11/2011
Documento: 11825-2011.pdf
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11446 17 de noviembre, 2011 DCA-3043 Ingeniera Norma Álvarez Morales Jefe Dirección de Suministros Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. Fax: 2221-7864, ó 2255-1545 Estimada señora: Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. y el Consorcio INTEC-SOGEOSA, servicios de mano de obra, materiales y equipo para el mejoramiento del sistema contra incendio en la Refinadora, por un monto de ¢637.891.539.79, según Licitación Pública 2011LN-000001-02. Nos referimos a su oficio CBS-L-4630-2011 del 9 de noviembre del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el MBA Isaac Salas Morales, Coordinador Programa de Inversiones (ver folio 1151, Apartado Estudio y Recomendación del Tomo 8 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación. 2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folios 5, 6, Apartado Contrato u Orden de Compra y Documentos Anexos del Tomo 8 del expediente administrativo). 3) Es responsabilidad de la Administración mantener vigente la garantía de cumplimiento (ver folios 102, 105, Apartado Garantías de Participación y Cumplimiento del Tomo 8 del expediente administrativo). 4) El cumplimiento de las condiciones técnicas reque ...
Fecha publicación: 22/11/2011
Fecha emisión: 17/11/2011
Documento: 11446-2011.pdf
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-591-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas del dieciséis de noviembre de dos mil once.------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por el consorcio Productos Importados Mejía Pime S. A. (PIMESA)- Prevención y Seguridad Industrial (PSINDUSTRIAL), en contra del acto de readjudicación de la Licitación Abreviada No. 2011LA-000013-02, promovida por la Refinadora Costarricense de Petróleo, para el “Suministro e instalación de dosificadores de espuma”, acto recaído a favor del consorcio Ingeniería Agrícola y de Mantenimiento Electromecánico S. A.- EYSA Equipos y Servicios Industriales del Atlántico S. A.-------------------------------------------------- RESULTANDO I.- En el recurso interpuesto por el consorcio Pimesa –Psindustrial, se indica que el consorcio adjudicado presenta una serie de incumplimientos que impiden su adjudicación por parte de la Administración.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- Que mediante auto de las once horas del siete de noviembre del dos mil once, esta División de Contratación Administrativa le solicitó el expediente administrativo a la Refinadora Costarricense de Petróleo.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. Que mediante oficio No. CBS-L-4621-2011 del 09 de noviembre del año en curso, la Administración licitante remitió el expediente solicitado.------------------------------------------------------ IV.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. ------------------------------------------------ CONSIDERANDO I.- HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1 ...
Fecha publicación: 21/11/2011
Fecha emisión: 16/11/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Tesauro: Supuestos de improcedencia manifiesta del recurso de apelación, Legitimación para apelar


R-DCA-587-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Adminsitrativa. San José, a las diez horas del dieciséis de noviembre de dos mil once.---------------- Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Grupo Orosi Siglo XXI, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2011LA-000031-02, promovida por la Refinadora Costarricense de Petróleo, para la “Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la construcción de pavimento rígido y techo en el Plantel de Barranca”, acto recaído a favor de la empresa Constructora Presbere S. A.------------------------------------------------------------ RESULTANDO I.- En el recurso interpuesto por el Consorcio Orosi Siglo XXI, se indica, entre otras cosas, que la empresa adjudicada no cuenta con la experiencia mínima requerida por la Administración en el pliego de condiciones, y que la oferta que se encuentra en segundo lugar de elegibilidad, presenta un incumplimiento en cuanto al plazo de la vigencia de su oferta.------------------------------------------ II.- Que mediante auto de las quince horas del tres de noviembre del dos mil once, esta División de Contratación Administrativa solicitó el expediente administrativo a la Refinadora Costarricense de Petróleo.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. Que mediante oficio No. CBS-L-4608-2011 del 07 de noviembre del año en curso, la Administración licitante remitió el expediente solicitado.---------------------------------------------------- IV.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. -------------------------------------------- CONSIDERANDO I.- HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Refin ...
Fecha publicación: 19/11/2011
Fecha emisión: 16/11/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Tesauro: Supuestos de improcedencia manifiesta del recurso de apelación, Legitimación para apelar


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12737 15 de diciembre de 2011 DJ-01367-2011 Señor Asdrúbal Calvo Chaves Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE ESPARZA Estimado señor: Asunto: Consulta planteada por el Alcalde de la Municipalidad de Esparza, sobre el proceder administrativo para recuperar los pagos en exceso o sobresueldos realizados a funcionarios de ese gobierno local. Nos referimos a su oficio número AME- 479- 2011, presentado a esta Contraloría General de la República el día 20 de octubre del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el proceder administrativo para recuperar los pagos en exceso o sobresueldos realizados a funcionarios de ese gobierno local. I.- Objeto de la consulta y criterio jurídico de la Administración. Señala el consultante que solicita a este órgano contralor criterio o asesoramiento, sobre el proceder administrativo, para recuperar sumas de dinero de algunos casos, cuando las mismas fueron canceladas indebidamente a algunos funcionarios de ese gobierno local, por un presunto error administrativo en el rubro de sobresueldo. Al efecto, se adjunta criterio de la Coordinadora de Gestión Jurídica de la Municipalidad de Esparza, contenido en el oficio AL- 038- 2011 de fecha 26 de agosto del año en curso, el cual valora de manera general el tema sobre cómo proceder a recuperar los pagos efectuados en exceso y analiza con detalle los casos concretos de ese gobierno local. Ahora bien, separando los casos particulares, la unidad de Gestión Jurídica de la Municipalidad de Esparza señala que la Administración Pública en su condición de entidad patronal está obligada a recuperar los pagos efectuados en exceso o por error a favor de sus servidores; esto como resguardo oportuno de los fondos públicos puestos a su alcance. Asimismo, indica esa unidad que para efectos de recuperar las sumas pagadas en exceso o erróneamente reconocidas por parte de la Administración Pública, ...
Fecha publicación: 19/11/2011
Fecha emisión: 16/11/2011
Documento: 12737-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Hacienda Publica, Proceso de Lesividad , Administracion de Fondos Publicos


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 11234 14 de noviembre de 2011 DJ-1250-2011 Señora Margoth León Vásquez Secretaria del Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE ESPARZA Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta relacionada con el oficio SM-583-11 sobre la aprobación del Concejo Municipal de la segregación e inscripción de terrenos. Se refiere este Despacho al oficio SM-658-11 del 2 de noviembre del año en curso, respectivamente, por medio del cual se consulta sobre el procedimiento a seguir para la devolución de los terrenos inscritos erróneamente en el Registro Nacional a nombre de dicho municipio, aprobado por el consejo municipal según el oficio SM-583-11 CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Ahora bien, interesa señalar que en la Circular antes mencionada se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, dentro del cual se destaca que la consulta no debe estar referida a un caso concreto, en el siguiente término: 2 “2. La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 14/11/2011
Documento: 11234-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO